
Sabías que se puede obligar a tu ex pareja a pasar alimentos a tus hijos?
La Lupa Medios
Tenes que tener en cuenta es que tu hijo/a debe ser menor de edad, significa que no debe haber cumplido los dieciocho (18) años.
Ahora, te podes llegar a preguntar, ¿por qué la legislación argentina lo obliga a colaborar con alimentos a hacia tus hijos? La respuesta es juntamente la crianza, porque una definición sencilla del progenitor afín es: padre de crianza.
Ojo porque esta obligación de pasar “alimentos” tiene carácter subsidiario: Siempre que no cumpla el principal obligado que es el padre biológico.
La regla, sigue la coherencia… En principio el deber de pasar alimentos es durante la convivencia. Esto significa que si te separas se termina.
Pero… todas las reglas tienen excepciones...
Por esto se puede pedir alimentos después: el caso que la separación le provoca un grave daño al niño/a adolescente porque tu pareja se hacia cargo de su sustento. En ese supuesto se puede pedir al juez una cuota asistencial a su cargo con carácter transitorio.
El derecho avanzo respecto a esta temática, porque hay regular estos temas, van disminuyendo los casos de desprotección hacia los niños/as y adolescentes en las actuales formas de familias.






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