NUEVAS RESTRICCIONES HASTA EL 02 DE MAYO.

El Gobierno de la provincia de Santa Fé anunció las nuevas restricciones que tendrán vigencia hasta el 2 de mayo, ingresá a la nota y entérate una por una ¡¿ Cuáles son las actividades que pueden realizarse y cuáles no!?.

Provincial21/04/2021La Lupa MediosLa Lupa Medios
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En esta segunda ola de covid-19 se seguirá sosteniendo todo lo que tiene que ver con la actividad productiva comercial industrial y profesional con sus protocolos al igual que las clases presenciales con los protocolos pertinentes que se están complementando y con la modalidad de burbuja que actualmente se está trabajando en este sistema.

Todo lo que tiene que ver con actividades religiosas manteniendo un aforo de hasta un 30% con los protocolos, ventilación cruzada y con las medidas de cuidados.

Lo que está suspendido tiene que ver con asambleas, actos eleccionarios, de personas jurídicas públicas y privadas que no puedan realizarse de manera remota eso estaría suspendidas ir a modo presencial no se puede realizar 

Se suspenden qué actividades de competencias deportivas tanto provinciales zonales o locales que tengan carácter profesional o carácter amateur salvo aquellos casos que estén expresamente habilitados por las autoridades nacionales e incluyen en esto las competencias automovilísticas y de motocicletas por supuesto que sigue autorizado.

Se permite actividad deportiva en modo entrenamiento de los deportistas entre sí del mismo grupo y  sin interactuar con otras instituciones. 

Quedan suspendidas La actividad hípica en hipódromos las salas y complejos cinematográficos el funcionamiento de cines, bares, restaurantes, los patios de comidas y los espacios de juegos infantiles dentro de los centros comerciales, paseos y  por supuesto que queden habilitados para funcionar aquellos que tengan salidas independientes como lo veníamos haciendo hasta la fecha.

Qué otras actividades están suspendidas?  las actividades culturales y recreativas que están relacionadas con la actividad teatral la música en vivo y todo aquello que implica una concurrencia masiva de personas sea esto al aire libre o en espacios cerrados centro centros culturales y demás como si también a ti desde artistas en bares,restaurantes, distica y artesanal a cielo abierto plazas parques y paseos.

Suspendidas aquellas actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, esto lo sostenemos, es decir sabemos que es el lugar de mayor contagio es el intramuro esto continúa suspendido como hasta la fecha por supuesto se permite la asistencia de aquellas personas que requieran de algún cuidado especial.

La práctica recreativa de deportes en lugares cerrados no puede hacerse con más de 10 personas o cuando no podamos mantener un distanciamiento de 2 metros y esto como estaba hasta la fecha y por supuesto queda suspendido la actividad de casinos, bingos, discotecas, salones de fiestas.

La actividad comercial mayorista y minorista se mantiene con atención al público en los locales hasta las 19 horas y cuándo es de productos alimenticios hasta las 20 horas.

Y muy puntual es esto, cuál es el permiso para la circulación vehicular?  está estrictamente definida entre las 21 y las 6 horas la suspensión de la circulación vehicular salvo para aquellos esenciales. 

La concurrencia a los bares y locales gastronómicos es hasta las 23 horas con cierre de lo mismo a las 24 a las horas  y la concurrencia no puede superar el 30% del aforo y nunca más de 100 personas.

Importante: la presencialidad está asegurada con los protocolos pertinentes,  se sabe que el afuera de las escuelas es lo que preocupa, por tanto las autoridades municipales y comunales deberán disponer en cada distrito las restricciones pertinentes y los controles del transporte público para que la franja horaria en que los escolares tantos los maestros, docentes como los alumnos no se superpongan con los horarios de los escolares.

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