Traferri: La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe ratificó que los fueros son constitucionales

La Corte Suprema de Santa Fe dictaminó este martes la constitucionalidad de los fueros absolutos de los legisladores de Santa Fe lo que impide que el senador provincial Armando Traferri (PJ/San Lorenzo) sea citado a audiencia imputativa por los dos fiscales que lo señalan como organizador de juego ilegal en la provincia.

Provincial23/02/2022La Lupa MediosLa Lupa Medios
SM-armando-traferri-011021
Armando Traferri

La Corte Suprema de Justicia de la provincia, con mayoría de cinco de sus seis integrantes, validó la constitucionalidad plena de los fueros legislativos al rechazar una resolución del camarista penal rosarino José Luis Mascali quien había habilitado a dos fiscales de Rosario a citar a audiencia imputativa al senador Armando Traferri (PJ - San Lorenzo) como organizador de una red de juego ilegal en la provincia.

La decisión que se conoció a primera hora de la tarde de este martes y lleva la firma del presidente de la Corte, Rafael Gutiérrez junto con la de los ministros Roberto Héctor Falistocco, María Angélica Gastaldi, Mario Luis Netri y Eduardo Guillermo Spuler mientras que Daniel Erbetta se pronunció por respaldar la decisión del camarista rosarino. La resolución de la Corte declara "procedente el recurso interpuesto y, en consecuencia, anular la resolución impugnada" y en segundo término ordena "remitir los autos al tribunal que corresponda a los efectos de que dicte nueva sentencia". Es decir, otro camarista será el encargado de dictar la nueva sentencia. De todas maneras, solo son tres los ministros que indican que se debe clausurar la persecución penal; otros dos entienden que debe proseguirse y un sexto voto entiende que debe proseguirse aunque ya se cumplió esa etapa.

La Corte debió intervenir en este incidencia de la causa por una red de juego clandestino donde los fiscales rosarinos Luis Schiappa Pietra y Matías Edery entienden que el senador Traferri integraba esa organización junto a Luis Peiti -ya confeso y acordó la sentencia en juicio abreviado- así como el ex fiscal regional de Rosario, Patricio Serjal y el fiscal destitutido Gustavo Ponce Asahad quien también acordó un abreviado.

En diciembre de 2020, los fiscales rosarinos pidieron el desafuero de Traferri para imputarlo como integrante de la organización. A principios de 2021 la jueza Eleonora Verón rechazó el planteo de inconstitucionalidad de los fiscales para citar a Traferri a audiencia imputativa sin que los senadores hubieran levantado los fueros de su colega. Meses después, el camarista Mascali dio la razón a los fiscales: desconoció la decisión de Verón señalando que el artículo de la Constitución de Santa Fe que impide investigar a un legislador es inconstitucional. Ante eso Traferri fue citado a audiencia imputativa el 23 de agosto pasado, pero no concurrió. Según dijeron sus defensores, como el fallo de Mascali estaba apelado, la Corte Suprema debía dirimir el caso.

El expediente en la Corte tiene como cabeza el pedido de inconstitucionalidad del artículo 27 del Código Procesal Penal de la provincia solicitado por los dos fiscales. El fallo de 121 páginas responde tres cuestiones: ¿es admisible el recurso interpuesto?; en su caso, ¿es procedente?, y en consecuencia, ¿qué resolución corresponde dictar?. El ministro Falistocco tuvo el primer voto.

Los seis ministros coincidieron en admitir el recurso, aunque con disidencias parciales en los votos. Es Falistocco el primero en votar que en el caso de los fueros "la interpretación que aquí se propone siempre estará condicionada -por los efectos de la inmunidad de arresto- a la voluntad de los actores políticos: ya sea del legislador - de comparecer o no-; sea del cuerpo legislativo al analizar si correspondiere en el caso el pedido de desafuero o no; y de la soberanía popular en los próximos comicios de renovación de mandato del funcionario". Es así que considera que corresponde revocar la decisión del juez Mascali y remitir los autos al tribunal que corresponda a fin de que se dicte nuevo pronunciamiento "conforme a la doctrina constitucional que expreso en mi voto, en el sentido de la validez constitucional del artículo 51 de la Constitución provincial y de la aplicabilidad en el caso del artículo 27, segundo párrafo, del Código Procesal Penal". Con otros argumentos, a la misma conclusión llegó Netri.

En cambio, Erbetta entiende que "cuando la cuestión consiste en dirimir la esencia y razón última de la inmunidad de proceso, no puede menos que señalarse la discusión en orden a la posibilidad de que esta Corte, como máxima autoridad del Poder Judicial de Santa Fe, revise la validez constitucional de una de las normas instituidas por el poder constituyente en el máximo estatuto provincial. Más allá de las opiniones, estimo que dicha posibilidad puede ser admitida, como recurso extremo y excepcional". En su extenso voto negativo, Erbetta concluye que "ninguna de las alegaciones del presentante en su impugnación (por Traferri) logra descalificar constitucionalmente a la sentencia en cuanto dispuso la inaplicabilidad al caso de los artículos 51 de la Constitución provincial y 27 del Código Procesal Penal que regulan la inmunidad de proceso. Por tanto, corresponde rechazar el recurso interpuesto y habilitar el llamado a audiencia imputativa del senador Traferri y, eventualmente, la continuación del proceso penal".

También usan argumentos particulares para rechazar el llamado a imputativa los ministros Gastaldi, Spuler y Gutiérrez. El presidente empieza su voto señalando que " se impone señalar que de acuerdo a inveterada jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el ejercicio del elevado control de constitucionalidad debe imponer la mayor mesura, pues la declaración de inconstitucionalidad de una norma es un acto de suma gravedad institucional -por gozar las leyes de presunción de legitimidad- y, por tanto, dicha atribución debe ejercerse con sobriedad, prudencia y únicamente cuando la repugnancia de la norma con la cláusula constitucional sea manifiesta, clara e indudable"

Sobre la resolución que corresponde dictar, Falistocco dijo que "corresponde declarar procedente el recurso interpuesto y, en consecuencia, revocar la resolución impugnada. Remitir los autos al tribunal que corresponda a los efectos de que dicte nueva sentencia. Los ministros Netri y Erbetta -quien deja a salvo su postura en disidencia-, la ministra Gastaldi, el presidente Gutiérrez y el ministro Spuler dijeron que la resolución que correspondía dictar era la propuesta por Falistocco y así votaron".

Fuente: El Litoral

Te puede interesar
WhatsApp Image 2024-11-17 at 09.37.16

La Provincia informó que resarció a 5 víctimas de actividades ilícitas

La Lupa Medios
Provincial17/11/2024

A través de subastas realizadas por la Aprad, el Gobierno recauda dinero para resarcir a las víctimas de delitos y realizar donaciones a instituciones, políticas de seguridad y autofinanciar la propia institución. Este  año se realizaron dos subastas, donde se logró recaudar $ 1.124.000.000. Esta semana fue el turno de las instituciones ATE y ATEM.

epe

El Gobierno pone fin al ingreso de personal a la EPE por vínculos hereditarios

La Lupa Medios
Provincial11/11/2024

El ministro de Desarrollo Productivo de la Provincia remarcó que “queremos una EPE transparente, austera, donde se termine con los privilegios” al brindar detalles de las nuevas condiciones para la contratación de personal en la empresa santafesina. La conferencia de prensa se desarrolló este lunes en la Sala Walsh de la Sede de Gobierno de Rosario.

WhatsApp Image 2024-11-09 at 09.25.33

Auditoría a comedores: los controles permiten a Provincia reinvertir hasta $ 250 millones mensuales en 180 nuevos convenios

La Lupa Medios
Provincial09/11/2024

El Gobierno provincial presentó los resultados del operativo orientado a dar orden, transparencia e institucionalización al servicio alimentario desde el Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano. Durante el proceso se detectaron irregularidades en 250 instituciones conveniadas dentro del programa Tarjeta Institucional, de las cuales el 50 % logró corregir su situación. Con los fondos recuperados de los espacios dados de baja, se establecieron 180 nuevos convenios.

Lo más visto
Sofía Delgado

Caso Sofía Delgado: “Fue un crimen macabro y planeado, y así lo llevaron a cabo”

La Lupa Medios
Judiciales21/11/2024

Así lo afirmó el abogado Gabriel Filippini tras finalizar la audiciencia imputativa para los cinco acusados por el asesinato de Sofia Delgado de 20 años. "Los imputados buscaron en redes sociales la forma en que le iban a dar muerte a Sofi y así lo llevaron a cabo, con la misma modalidad que buscaron en Internet, con ataduras de manos y piernas de una mujer joven en contexto de vulnerabilidad".

tribunales San Lorenzo

Cinco años de prisión por entrar a una casa, atacar a una familia y robarles

La Lupa Medios
Judiciales21/11/2024

La jueza Dra. Strologo resolvió homologar el procedimiento abreviado presentado por la Fiscalía, aceptado por la Defensa, condenando a Martín Barquero por el delito de robo agravado por ser cometido en poblado y en banda en carácter de autor, y robo agravado por ser cometido en poblado y en banda con robo agravado por efracción en carácter de autor, imponiendo la pena de 5 años de prisión efectiva. El Fiscal Dr. Aquiles Balbis le atribuyó el hecho fecha 19 de abril del 2023, las 19:00hs aproximadamente, se apersonó en inmediaciones de calle H. Irigoyen al 3400 de San Lorenzo, donde agredió a sus moradores para luego sustraerle dinero, joyas celulares y varias alhajas.