MITOS DE LA "UNIÓN CONVIVENCIAL".

Si estas juntado/a y decidís hacer una unión convivencial para formalizar más la pareja , tenés que saber que estas 4 cosas son solo mitos…

San Lorenzo07/03/2021La Lupa MediosLa Lupa Medios
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Dra. Pizzichillo Columna Legal de Familia.

- Es muy común ver parejas que deciden convivir y pasando el tiempo se encuentran ante la necesidad de registrar el vínculo –lo que se suele llamar “unión convencial”-. Un motivo de esto, puede ser compartir una obra social, o porque quieren formalizar un poco más la relación, aunque no tanto como con el matrimonio.

Es importante que sepas que nuestra legislación actual se mete en la relación, si, así como lees. Esto lo hace poniendo derechos y obligaciones para ambos, incluso no le interesa si los miembros de la pareja quieren o no .

  • Por esto, es muy útil que te informes y sepas cuales son los más usuales mitos que las personas que conviven piensan. Para esto hoy te cuento cuales son los 4 más comunes….. 

MITO 1 Con que pida la inscripción en el Registro Civil de la “unión convivencial” un miembro de la pareja basta.

Falso! La inscripción de la unión convivencial la tienen que hacer los dos miembros de la pareja, y no solo eso, si no, que además tienen que contar con dos testigos. 

MITO 2 Desde que empezaste a convivir ya tenes derechos. 

Falso! Podes contar con los derechos que otorga la unión convivencial desde los dos años de convivencia. Esta protección que te brinda la ley recién se adquiere a los años de convivencia, o sea, que antes no los tenes.

MITO 3 Se adquieren los bienes de tu pareja por el transcurso del tiempo

Falso! La convivencia no otorga derechos sobre los bienes de tu novio/a, solo el matrimonio los da. Asi que, ya que ahora lo sabes, todos los bienes de cada uno, son del que los compro.

MITO 4 Se tiene que registrar si no, no tiene valor

Falso! La inscribas o no a la unión convivencial, tiene valor y se puede probar por cualquier medio. Pero te cuento, que la inscripción en el registro civil sirve para registrar la vivienda como bien de familia. Eso sirve para que ninguno de la familia puede vender o hipotecarla sin que la otra persona de la pareja lo decida también.

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