Cambios en la legislación sobre legítimos usuarios de armas: se reduce la edad mínima a 18 años

El Gobierno Nacional, encabezado por el presidente Javier Milei, anunció la modificación de la reglamentación de la Ley N° 20.429, reduciendo la edad mínima para ser considerado legítimo usuario de armas de 21 a 18 años. Esta medida, dispuesta a través del Decreto Nº 2024-134961887, busca adecuar la normativa a las disposiciones actuales del Código Civil y Comercial de la Nación, que reconoce la mayoría de edad a partir de los 18 años.

Nacional10/12/2024La Lupa MediosLa Lupa Medios
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El Gobierno Nacional, encabezado por el presidente Javier Milei, anunció la modificación de la reglamentación de la Ley N° 20.429, reduciendo la edad mínima para ser considerado legítimo usuario de armas de 21 a 18 años. Esta medida, dispuesta a través del Decreto Nº 2024-134961887, busca adecuar la normativa a las disposiciones actuales del Código Civil y Comercial de la Nación, que reconoce la mayoría de edad a partir de los 18 años.

El nuevo texto del inciso 1 del artículo 55 de la reglamentación establece: “Ser mayor de DIECIOCHO (18) años” . La actualización entra en vigor el 10 de diciembre de 2024, un día después de su publicación en el Boletín Oficial.

El decreto subraya que esta modificación no exime a los solicitantes de cumplir con los estrictos requisitos legales para acceder a la categoría de usuario legítimo de armas de uso civil, como evaluaciones psicológicas, capacitaciones específicas y antecedentes penales limpios.

El Poder Ejecutivo justificó la medida en la necesidad de garantizar la coherencia en el marco jurídico vigente, equiparando los derechos y responsabilidades de los ciudadanos adultos reconocidos a partir de los 18 años. La decisión ha generado debates, con opiniones encontradas entre quienes valoran la ampliación de derechos y quienes expresan preocupaciones sobre posibles riesgos.

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