API prorroga el plan especial de pagos para cancelar deudas devengadas hasta el 30 de abril de 2023

Este nuevo plazo se extenderá del 1 al 31 de agosto de 2023 y el convenio podrá ser formalizado íntegramente de manera online. Dicho plan incluye deudas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario, Impuesto de Sellos, Tasas Retributivas de Servicios, Aportes al Instituto Becario y las de los Agentes de Retención y/o Percepción por los importes retenidos o percibidos y no ingresados al fisco.

Provincial31/07/2023La Lupa MediosLa Lupa Medios
API plan de pago

La Administración Provincial de Impuestos (API) informó que, a través de la Resolución General Nº14/2023, se dispuso prorrogar por treinta días el Plan Especial de Pagos del Decreto Nº930/23, que permite cancelar deudas devengadas hasta el 30 de abril de 2023, en seis cuotas sin intereses de financiación.

Dicho plan incluye deudas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario, Impuesto de Sellos, Tasas Retributivas de Servicios, Aportes al Instituto Becario y las de los Agentes de Retención y/o Percepción por los importes retenidos o percibidos y no ingresados al fisco.

Este nuevo plazo se extenderá del 1 al 31 de agosto de 2023. Los contribuyentes o responsables que deseen incluir sus deudas en el plan deberán comprometerse a estar al día con los períodos devengados con posterioridad al 30 de abril de 2023, por la deuda que se pretenda regularizar.

El convenio podrá ser formalizado íntegramente de manera online, ingresando a la página web del organismo (www.santafe.gov.ar/api) y, una vez celebrado, ser abonado por todos los medios electrónicos de pago o concurriendo a los Santa Fe Servicios del Nuevo Banco de Santa Fe SA., presentando la boleta de pago generada por el sistema.

Cuando la deuda corresponda a personas jurídicas o el importe de la misma sea igual o superior a $15.000, el pago se tendrá que realizar por débito automático.

Cabe aclarar que esta es la última oportunidad para poder regularizar impuestos pendientes de pago a esta Administración, y evitar así intimaciones o apremios que puedan surgir de dichas deudas.

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