Una joven demandó a su abuela por alimentos pero la Justicia consideró que puede mantenerse sola

La Cámara de Apelaciones de Mercedes desestimó la solicitud de una joven de 21 años para recibir una cuota alimentaria de su abuela paterna, tras considerar que la demandante tiene los medios suficientes para mantenerse por sí misma. El padre de la demandante era el principal obligado a proveerlos, pero ante su falta de respuesta, se dirigió la demanda hacia la abuela.

Actualidad20/07/2023La Lupa MediosLa Lupa Medios
abuela

El caso fue presentado por "Z", de 21 años, originaria de la ciudad de Chivilcoy, junto a su hermana de 13 años. Ambos buscaron el apoyo de la justicia para recibir una cuota alimentaria, y el reclamo estaba dirigido hacia su abuela paterna, ya que su padre no respondió a sus pedidos a través de WhatsApp.

En base al artículo 668 del Código Civil y Comercial, los hijos tienen el derecho de exigir alimentos a sus abuelos si se comprueba que tienen dificultades para obtener los de sus progenitores. El padre de los demandantes era el principal obligado a proveerlos, pero ante su falta de respuesta, se dirigió la demanda hacia la abuela.

Inicialmente, el Juzgado de Paz de Chivilcoy fijó una cuota alimentaria provisoria a favor de las nietas, representando un 15% de la jubilación de la abuela. Sin embargo, esta decisión fue apelada por el abogado de la abuela, Leandro Dicásolo, argumentando que la cuota era excesiva, considerando la edad y estado de salud de la abuela, quien percibió solamente una jubilación.

La Cámara de Apelaciones de Mercedes evaluó el caso y concluyó que "Z", al tener 21 años, un trabajo estable y registrado, y mejores herramientas para trabajar en comparación con su abuela, no es un sujeto de protección especial que requiera prueba sobre su imposibilidad o dificultad para abastecerse. Por lo tanto, se desestimó el reclamo alimentario por parte de la joven. No obstante, se establecerá que la abuela deberá brindar alimentos provisorios únicamente a la hermana menor, fijando la cuota en un 10% de los ingresos que perciban la demandada.

El abogado de la abuela se mostró satisfecho con la decisión de la Cámara de Apelaciones, destacando su equilibrio y cumplimiento de las necesidades vitales de la menor. Además, afirmó que no es justo que alguien con las capacidades y oportunidades de "Z" pretenda ser alimentada por su abuela, quien es una persona mayor en condiciones vulnerables.

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