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La Jueza Strólogo resolvió absolver al policía Juan Villalba por los delitos de Lesiones graves agravadas, en carácter de autor por la estricta aplicación del beneficio de la duda. Además, condenó a la subjefa María Belén Scozzina a la pena de 1 año de prisión de ejecución condicional, e inhabilitación por los delitos de Incumplimiento de los deberes de funcionario público. La Fiscalía había acusado al oficial de policia de lesionar en la cabeza a la vçitima de 10 años durante un procedimiento en Clemente Albelo y Fournier ocurrido en abril del 2020.
Judiciales29/09/2023
La Lupa Medios
El viernes 29 de septiembre de 2023 en sala 2 de los Tribunales Provinciales de San Lorenzo, el tribunal de Juicio integrado por la Jueza de Primera Instancia Dra. Strólogo resolvió:
Condenar a María Belén Scozzina de 37, a la pena de 1 año de prisión de ejecución condicional, e inhabilitación especial por el doble tiempo de la condena por los delitos de Incumplimiento de los deberes de funcionario público, en carácter de autora y en grado consumado; Absolviéndola por los delitos de Falsedad ideológica y encubrimiento agravado en concurso real y en carácter de autora por estricta aplicación del beneficio de la duda, principio in dubio pro reo.
Absolver a Juan Villalba de 47 años, por los delitos de Lesiones graves agravadas, en carácter de autora por estricta aplicación del beneficio de la duda, principio in dubio pro reo.
El Fiscal Dr. Carlos Ortigoza de la Unidad Fiscal de San Lorenzo les había atribuido en fecha 30 de abril de 2020 a las 19.45hs aproximadamente, en la intersección de calles Clemente Albelo y Fournier de San Lorenzo, en circunstancias que se encontraba realizando un procedimiento junto con la Sub Comisario y acusada en el presente juicio, y el Sub Oficial W.R.S (imputado) en cumplimiento de sus funciones como empleado policial, mientras procedía a la aprehensión de un menor de edad, le efectuó un golpe con un elemento contundente en zona de la cabeza de un niño de 10 años, provocándole un traumatismo grave de cráneo con fractura fronto- parietal derecha con neumoencéfalo.
A María Belén S. se la acusó por el hecho de misma fecha, en sede de la comisaría 7ma de la ciudad de San Lorenzo, en su condición de Sub Jefa de la dicha comisaría y en ejercicio de sus funciones, haber insertado en acta de procedimiento suscripta por ella misma, una declaración falsa en relación a la situación descripta, manifestando que se había acercado un hombre, comienza a agredir al Subinspector Juan V. en momentos en que se observa caer piedras de distintos tamaños impactando una de ellas en un niño menor de 10 años; siendo que realmente el funcionario había golpeado al niño. Asimismo se le imputa haberlo ayudado a eludir las investigaciones y el accionar de la justicia comunicando al Fiscal en turno el procedimiento con las declaraciones falsas mencionadas; no denunciando el hecho cometido teniendo la obligación de hacerlo por su carácter de funcionaria público e incumpliendo su deber de informar al Fiscal acerca de los hechos que percibiera realmente.
En relación a R.S, se dispuso el archivo de la causa atento a que los elementos probatorios no eran suficientes para alcanzar el grado de probabilidad y de certeza exigido en un debate oral y público.

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