Piden 5 años de prisión para dos policias que le fracturaron la cabeza a un menor

El Fiscal Ortigoza le atribuye a Juan Ramón Villanueva los delitos de Lesiones graves agravadas y a Belén Scozzina Falsedad ideológica, Encubrimiento agravado e incumplimiento de los deberes de funcionario público. El hecho ocurrió el 30 de abril de 2020, en Clemente Albelo y Fournier de San Lorenzo, donde Villanueva procedía a la aprehensión de un menor de edad, le efectua un golpe con un elemento contundente en zona de la cabeza de un niño de 10 años, provocándole un traumatismo grave de cráneo con fractura fronto- parietal derecha con neumoencéfalo.

Judiciales14/09/2023La Lupa MediosLa Lupa Medios
nene herido de bala cabeza
imagen archivo

El miércoles 13 de septiembre de 2023 en los Tribunales Provinciales de San Lorenzo, comenzó Juicio oral de la Fiscalía Regional Rosario. El tribunal de Juicio esta integrado por la Jueza de Primera Instancia Dra. Strologo.

El Fiscal Dr. Carlos Ortigoza de la Unidad Fiscal de San Lorenzo le atribuye a:

María Belén Scozzina. de 37 años, los delitos de Falsedad ideológica, Encubrimiento agravado e incumplimiento de los deberes de funcionario publico en carácter de autora. Solicitando la pena única de 5 años de prisión efectiva.

Juan Ramón Villanueva de 47 años, por los delitos de Lesiones graves agravadas. Solicitando la pena única de 5 años de prisión efectiva.

El Fiscal le atribuye a a Juan V. en fecha 30 de abril de 2020 a las 19.45hs aproximadamente, en la intersección de calles Clemente Albelo y Fournier de San Lorenzo, en circunstancias que se encontraba realizando un procedimiento junto con la Sub Comisario y acusada en el presente juicio, y el Sub Oficial W.R.S (imputado) en cumplimiento de sus funciones como empleado policial, mientras procedía a la aprehensión de un menor de edad, le efectuó un golpe con un elemento contundente en zona de la cabeza de un niño de 10 años, provocándole un traumatismo grave de cráneo con fractura fronto- parietal derecha con neumoencéfalo.

A María Belén S. se la acusa por el hecho de misma fecha, en sede de la comisaría 7ma de la ciudad de San Lorenzo, en su condición de Sub Jefa de la dicha comisaría y en ejercicio de sus funciones, haber insertado en acta de procedimiento suscripta por ella misma, una declaración falsa en relación a la situación descripta, manifestando que se había acercado un hombre, comienza a agredir al Subinspector Juan V. en momentos en que se observa caer piedras de distintos tamaños impactando una de ellas en un niño menor de 10 años; siendo que realmente el funcionario había golpeado al niño.

Asimismo se le imputa haberlo ayudado a eludir las investigaciones y el accionar de la justicia comunicando al Fiscal en turno el procedimiento con las declaraciones falsas mencionadas; no denunciando el hecho cometido teniendo la obligación de hacerlo por su carácter de funcionaria público e incumpliendo su deber de informar al Fiscal acerca de los hechos que percibiera realmente.

En relación a R.S, se dispuso el archivo de la causa atento a que los elementos probatorios no eran suficientes para alcanzar el grado de probabilidad y de certeza exigido en un debate oral y publico.

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