Seis policías fueron juzgados por apremios ilegales, la corte provincial ordenó penarlos por tortura

Lo demoraron por averiguación de antecedentes, lo desnudaron y con una manguera lo ahogaron hasta generarle el vómito. Fue picaneado con un cable atado a un palo de escoba. Dijeron que le sacaron fotos y lo amenazaron con empalarlo y de que aparecería muerto en un descampado con un tiro en la cabeza simulando un suicidio si no colaboraba en decir quien cometía un delito menor en Firmat, se trataba del robo de lápidas en el cementerio.

Provincial 25/04/2023 La Lupa Medios La Lupa Medios
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¿Tortura o apremios ilegales? 

1- Apremio Ilegal: El apremio ilegal se produce cuando un funcionario público, haciendo abuso de sus funciones o autoridad, o sin cumplir con las formalidades indicadas por la ley, priva a alguien de su libertad personal, o aplica cualquier tipo de vejamen y/o tormentos.

2- Tortura: Castigo físico o psíquico infligido a una persona con el fin de mortificarla o para que confiese algo.

El 29 de junio de 2013 la victima fue detenida en calidad de averiguación de antecedentes, siendo vinculado al robo de lápidas del cemeneterio de la localidad de Firmat. EL joven fue trasladado a la comisaría 13º donde fue  golpeado y amenazado para que diga quién cometía el delito menor. 

En el patio de la dependencia la víctima fue desnudada y con una manguera lo ahogaron hasta generarle el vómito. El joven contó que fue picaneado con un cable atado a un palo de escoba. Dijo que le sacaron fotos y lo amenazaron con empalarlo. Le aseguraban que iba a aparecer muerto en un descampado con un tiro en la cabeza simulando un suicidio. Querían saber quién robaba las lápidas del cementerio y quién las reducía.

En un momento la víctima logró empujar a uno de los policías que lo rodeaban, correr y saltar el tapial. Los uniformados dijeron que se había fugado y lo buscaron pero el joven fue ayudado por algunos vecinos que luego declararon en el caso.

Se inició una investigación y el chico reconoció a los uniformados que participaron en el hecho quienes terminaron condenados por un tribunal de Melincué.ç

Juan José Zanel, Walter Gabriel Aguiar, Matías Darío Bustos, Alejandro Darío Copetti fueron condenados por apremios ilegales agravados a la pena de 3 años y 3 meses de prisión e inhabilitación especial por 6 años. Mientras que José Alberto Sotelo fue condenado a 3 años y 6 meses de prisión efectiva más una inhabilitación especial por 7 años y el comisario Edgardo Raúl Ale fue sancionado por 4 años de prisión efectiva y 8 años de inhabilitación especial.

La fiscalía y la querella, a cargo de Adrián Ruiz y José Ferrara, apelaron la sentencia que fue revisada por los jueces Alfredo Ivaldi Artacho, Carina Lurati y Daniel Acosta quienes entendieron que en el caso hubo torturas y condenaron a los uniformados a la pena de 8 años de cárcel e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

Pero los defensores de los policías plantearon una revisión horizontal por lo que se conformó un nuevo tribunal de segunda instancia. Esta vez integraron el tribunal Javier Beltramone, José Luis Mascali y Georgina Depetris quienes evaluaron el caso.

El abogado Adrián Ruiz contó en LT8 que en esa oportunidad, por voto mayoritario la Cámara Penal revocó la decisión que encuadró el caso en el delito de torturas. Ello ocurrió con el voto en disidencia de Depetris que mantuvo la postura de sus antecesores.

El letrado contó que ante esta nueva resolución presentaron un recurso ante la Corte Suprema de Justicia que entendió que hubo arbitrariedad en la decisión que por mayoría tomaron Beltramone y Mascali.

Lo que se dictó por segunda vez, con la disidencia de Depetris, es una no sentencia, dijo y explicó que ello ocurre cuando hay un acto voluntarista, no se falló según las pruebas o las normas sino desde su voluntad, una solución antojadiza, dijo.

Ruiz aseguró que la Corte provincial resolvió por unanimidad desechar la decisión de Cámara que revocó la condena por torturas. Dijeron que no se debe tomar con un hecho válido y otro tribunal deberá tomar una nueva decisión bajo las directrices que fijó la Corte: están vinculadas al protocolo de Estambul y las convenciones internacionales con rango constitucional, entre ellas la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles y degradantes, concluyó el abogado.

Fuente: elciudadanoweb.com

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