Condenaron a otro integrante de la banda de Brandon Bay

Sebastián Aguirre fue condenado por ser miembro de una asociación ilícita o banda liderada por Brandon Bay. El condenado participaba de la organización de los distintos ataques armados perpetrados por la propia banda contra bandas antagónicas, encargándose puntualmente de coordinar desde su lugar de detención con personas en libertad los objetivos o blancos de sus ataques, reclutando a los tiradores y proveyéndoles los medios necesarios para la comisión de los diferentes delitos como ser las armas de fuego y los medios de traslado.

Judiciales 30/03/2023 La Lupa Medios La Lupa Medios
Brandon Bay

En audiencia del día miércoles 29 de marzo de 2023 en el Centro de Justicia Penal de Rosario, el Juez de Primera Instancia Dr. Suárez resolvió homologar el procedimiento abreviado presentado por la Fiscalía representada por el Fiscal Dr. Pablo Socca condenando a Sebastián Eduardo Aguirre de 33 años a la pena de 4 años de prisión efectiva por el delito de miembro de Asociación ilícita en carácter de autor unificándose con una condena anterior, dictando la pena única de 7 años de prisión efectiva.

La Fiscalía le atribuyó Sebastián A. ser miembro de la asociación ilícita liderada por Brandon B. (ya imputado en prisión preventiva), junto a otras personas ya imputadas, por realizar tareas que le indicadas tanto por Brandon B. desde su lugar de alojamiento como por Aldana B. (su ex pareja), organizando atentados con armas de fuego, realizando gestiones para integrantes de otras bandas delictivas que sirven de apoyo a la banda de Brandon  B.  proporcionándole recursos materiales (automóviles, motocicletas) o humanos que ellos le solicitan, conductas realizadas al menos desde el mes de octubre del año 2020 a la fecha y según las conversaciones interceptadas. 

Sebastián A. participaba de la organización de los distintos ataques armados perpetrados por la propia banda contra bandas antagónicas, encargándose puntualmente de coordinar desde su lugar de detención con personas en libertad los objetivos o blancos de sus ataques, reclutando a los tiradores y proveyéndoles los medios necesarios para la comisión de los diferentes delitos como ser las armas de fuego y los medios de traslado.

La pena de 4 años de prisión efectiva se unifica con una condena anterior dictada en fecha 12/4/22 por portación conjunta y agravada de arma de fuego de guerra sin la autorización legal y resistencia a la autoridad, en concurso real, unificándose a la pena única de 7 años de prisión.

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