La Anmat prohibió una crema para aliviar la piel irritada de los bebés

La Disposición 5316/2022, que fue publicada en el Boletín Oficial, precisa que esta resolución se dio a partir de una denuncia de Farmacovigilancia iniciada en la provincia de Santa Fe. El reclamo daba cuenta de la oferta en línea de artículos médicos con “un presunto desvío de calidad del producto rotulado”.
Se trata de la Pasta Lassar F.A. VII del laboratorio Trifarma S.R.L., que fue prohibida en todas sus formas farmacéuticas, concentraciones y presentaciones. La medida se inició por un informe de la Dirección de Fiscalización y Gestión de Riesgos del Instituto Nacional de Medicamentos (Iname) a partir de un reclamo que señaló que esta crema presenta diferencias entre la fecha de vencimiento asentada en la ficha de comunicación (30/06/21) y el codificado en la unidad del producto (06/23).
La Pasta Lassar se usa para la prevención y tratamiento de la dermatitis del área del pañal y prevención de las escoceduras e irritaciones. También ayuda en la protección y alivio de irritaciones leves, ligeras excoriaciones (rozaduras) y escoceduras. El óxido de zinc es un protector que actúa como una barrera entre la piel y los irritantes, y es ideal para proteger la piel sensible.
Además, la denuncia destacó que la apariencia del producto no corresponde con la descripta por el laboratorio, ya que no tiene el color blanco que se espera que tenga la crema. “Se observa a simple vista que el producto presenta una coloración gris, mientras que de acuerdo a lo definido por la Farmacopea Argentina, la pomada de óxido de zinc debe presentar una masa untuosa de color blanquecino. La fecha de vencimiento de la pomada de óxido de zinc compuesta es de seis meses a partir de su preparación”, se indicó en los considerandos de la disposición.