
La Convención aprobó la reelección del gobernador y habilitó a Pullaro a competir en 2027
El nuevo texto constitucional establece que “el gobernador y el vicegobernador duran cuatro años en sus funciones y podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo. Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente, no podrán volver a postularse sino tras un intervalo de un mandato”. La cláusula transitoria aclara que los mandatos en curso no se computarán como primer período, excepto en el caso del gobernador y del vice, para quienes el actual se considera primer mandato.