
Afip extendió el plazo para hacer la recategorización del monotributo
La Lupa Medios
Desde el 1 de este mes comenzaron a regir las nuevas escalas, por lo que los contribuyentes inscriptos en este régimen deberán recategorizarse en caso de que les corresponda.
Para evaluar si corresponde una recategorización, se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.
Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.
Por su parte, aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción. Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.


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