
Los extranjeros no residentes deberán pagar por la atención en hospitales nacionales
Lucas Bigil
El Gobierno nacional reglamentó este martes el pago de la atención médica para extranjeros que no cuentan con residencia permanente en el país y que sean atendidos en hospitales y establecimientos nacionales.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 1066/2026, firmada por el ministro de Salud, Mario Lugones, y publicada en el Boletín Oficial. La normativa establece un procedimiento para la atención de las personas extranjeras que no tengan residencia permanente.
Sin embargo, la resolución establece que las emergencias quedan exceptuadas. En esos casos, no podrá negarse ni restringirse la atención sanitaria a ningún extranjero que la necesite, independientemente de su situación migratoria.
La norma considera como emergencias:
- Infartos
- Accidentes cerebrovasculares
- Traumatismos graves
- Hemorragias
- Intoxicaciones
- Emergencias obstétricas
- Cualquier cuadro que implique un riesgo inmediato para la vida o para una función vital.
La resolución también establece que, para acreditar la residencia permanente, se deberá presentar el DNI que confirme esa condición. En caso de extravío o renovación, se aceptará de manera provisoria la constancia digital de residencia en trámite emitida por Migraciones.


Capital Humano abrió la segunda convocatoria de las Becas Progresar 2026

El Gobierno oficializó una rebaja del 20% en las tarifas del practicaje

El Senado aprobó la ley de propiedad privada tras retirar dos capítulos clave


El oficialismo postergó el capítulo sobre venta de tierras a extranjeros

La UCA advirtió que la pobreza volvió a subir y ya alcanza al 30% de los argentinos

