El Gobierno envió al Congreso el proyecto de reforma laboral

La iniciativa oficial propone cambios en vacaciones, despidos, remuneraciones, convenios colectivos y procedimientos judiciales, con el objetivo de modernizar el sistema laboral y facilitar la creación de empleo formal.

Nacional-Economía11/12/2025Lucas BigilLucas Bigil
Milei firmando el proyecto de Reforma Laboral

El Gobierno nacional envió este jueves al Senado el proyecto de reforma laboral, luego de que el presidente Javier Milei firmara el texto tras regresar de su viaje a Oslo. La iniciativa ingresó por la Cámara alta y su debate en comisión comenzará la semana próxima, según confirmaron fuentes oficiales.

Desde la Casa Rosada señalan que la reforma busca modernizar un sistema que consideran atrasado y responsable de trabas para la creación de empleo registrado. El oficialismo aspira a darle un tratamiento rápido durante las sesiones extraordinarias y alcanzar la media sanción en los próximos días.

Los puntos principales del proyecto:

Vacaciones:

Reorganiza el régimen anual, habilita el fraccionamiento en tramos mínimos de siete días y garantiza que cada trabajador pueda tomar vacaciones en verano al menos una vez cada tres años. Prevé reprogramación en caso de enfermedad.

Despidos:

Establece una indemnización de un mes de sueldo por año trabajado, con topes por convenio, y permite fondos de cese laboral. Define esta compensación como la única reparación posible y mantiene regímenes especiales por enfermedad, accidente o muerte.

Remuneraciones:

Amplía la definición de conceptos remunerativos y ratifica como no remunerativos beneficios sociales como guardería, comedor o reintegros médicos. Habilita componentes salariales fijos o variables sin generar ultraactividad. Obliga al pago bancario o electrónico.

Ultraactividad y formalización:

Los nuevos componentes variables no generan ultraactividad. Crea un registro centralizado ante ARCA como única validación, refuerza la presunción a favor del trabajador ante falta de registración y simplifica recibos digitales.

Convenios colectivos:

Restringe la aplicación extensiva: sólo rigen para sus partes. Permite topes de personal part-time, métodos de cálculo por promedios y la creación de fondos de cese laborales sectoriales como reemplazo de indemnizaciones.

Procedimientos judiciales:

 Actualiza créditos laborales por IPC + 3% anual y prohíbe intereses sobre intereses. Limita pactos de cuota litis al 20% y honorarios totales al 25%. Ordena remitir casos de empleo no registrado a ARCA.

Prácticas sindicales:

Impide que eventuales ocupen cargos con tutela sindical. Limita deducciones automáticas a favor de gremios y exige consentimiento del trabajador. Los acuerdos conciliatorios deberán contar con intervención judicial o administrativa.

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