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title: "Comenzó la VEDA ELECTORAL, ¿Qué no podemos hacer?"
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description: "Desde este viernes a las 8 de la mañana comenzó la veda, hay restricciones tanto para los candidatos, partidos políticos como para los ciudadanos, las faltas de acatamiento a las medidas pueden ser sancionadas con prisión y elevadas multas económicas."
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  - "ELECCIONES"
  - "RESTRICCIONES"
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# Comenzó la VEDA ELECTORAL, ¿Qué no podemos hacer?

![VEDA ELECTORAL](/download/multimedia.normal.980358d510965c0d.5645444120454c4543544f52414c5f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

Este viernes comenzamos con veda electoral, los candidatos y los partidos políticos ya no pueden difundir sus propuestas. Los ciudadanos también tenemos restricciones ¿Querés saber cuáles son las actividades que están prohibidas?

- Se prohíbe la venta de bebida alcohólica desde las 20 horas del sábado y hasta 3 horas pasadas el horario de finalización del comicio.
- Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
- Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales.
- Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
- Prohibición de portar armas.
- Desde el viernes y durante el día de la votación estará prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias

**Quienes no acaten las medidas podrán ser denunciados por violación al código electoral Y sancionados.**

- Si se comprueba la violación efectiva del Código Electoral, que establece que se impondrá prisión de 15 días a 6 meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas.
- Misma pena de 15 días a 6 meses de prisión al “empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto” de prohibición por la autoridad electoral.
- Engaños que indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo es de 2 meses a 2 años de cárcel.
- Quien utilice medios tendientes a violar el secreto del sufragio podrá tener una pena de hasta 3 años.
- Se les podrá cobrar a los ciudadanos una multa entre $10.000 y $100.000 si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación, así como también a aquellos que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.

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