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title: "Santa Fe ya tiene Ley de Emergencia Hídrica: habrá un fondo de $10.000 millones"
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description: "La Cámara de Diputados aprobó la norma con 46 votos a favor. Regirá hasta el 30 de abril de 2027 y permitirá destinar recursos extraordinarios a municipios y comunas para prevenir y enfrentar situaciones de riesgo hídrico."
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date_published: "2026-08-14T05:58:00-03:00"
date_modified: "2026-08-14T06:06:48-03:00"
author_name: "La Lupa Medios"
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category_name: "Política"
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# Santa Fe ya tiene Ley de Emergencia Hídrica: habrá un fondo de $10.000 millones

![camaradediputados-santafe](/download/multimedia.normal.ba382c6345888556.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

La **Cámara de Diputados de Santa Fe** convirtió en ley este jueves el proyecto de **Emergencia Hídrica para todo el territorio provincial**, una medida que busca reforzar la capacidad de respuesta ante posibles inundaciones y otros eventos climáticos.

La iniciativa, que ya había recibido el respaldo del Senado, fue aprobada con **46 votos a favor** y tendrá vigencia hasta el **30 de abril de 2027**, con posibilidad de prórroga.

**Un fondo de $10.000 millones**

Uno de los puntos centrales de la ley es la creación de un **Fondo de Emergencia Hídrica de $10.000 millones**, destinado a financiar acciones de prevención, asistencia y obras para reducir los riesgos.

Municipios, comunas y comités de cuenca podrán acceder a recursos extraordinarios para ejecutar trabajos y adquirir maquinaria y equipamiento.

**Entre las obras contempladas aparecen:**

- Limpieza y mantenimiento de canales.
- Construcción de terraplenes y defensas.
- Alteos y canalizaciones.
- Lagunas de retardo y endicamientos.
- Obras en caminos rurales y accesos.
- Trabajos para mejorar vías de comunicación.

La norma también establece **procedimientos de contratación de carácter urgente** para acelerar la ejecución de obras y la adquisición de bienes y servicios vinculados con la emergencia.

**Control y seguimiento**

Para supervisar la aplicación de la ley se conformará una **comisión bicameral**, que tendrá a su cargo el seguimiento de las obras, contrataciones y medidas adoptadas durante la emergencia.

Además, el Ministerio de Obras Públicas podrá otorgar **subsidios y aportes no reintegrables** a municipios y comités de cuenca mediante procedimientos abreviados.

La ley también contempla herramientas excepcionales para disponer restricciones temporales sobre determinados bienes privados cuando sean necesarias para ejecutar obras destinadas a proteger a la población o restablecer vías de comunicación.

**El argumento climático**

La declaración de emergencia se fundamenta en informes del **Servicio Meteorológico Nacional**, que advertían sobre la continuidad de condiciones asociadas al fenómeno **El Niño** y un escenario de mayor riesgo de eventos de precipitaciones intensas.

La emergencia tendrá una duración inicial de **seis meses**, aunque podrá ser prorrogada.

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