---
canonical_url: "https://lalupamedios.com.ar/contenido/11677/prorrogas-de-afip-y-medidas-de-alivio-fiscal-para-los-afectados-por-incendios"
title: "Prórrogas de AFIP y medidas de alivio fiscal para los afectados por incendios"
article_type: "Article"
description: "El beneficio llega para aliviar a los contribuyentes que han sido severamente afectados en las provincias de Corrientes y Mendoza. ¿De qué se trata?"
main_image: "https://lalupamedios.com.ar/download/multimedia.normal.a18ea477e6a3386a.363231313031626433626231655f3930305f6e6f726d616c2e6a7067.jpg"
date_published: "2022-02-25T06:55:00-03:00"
date_modified: "2022-02-24T19:01:20-03:00"
tags:
  - "AFIP"
  - "Incendios"
  - "NACIOANALES"
author_name: "La Lupa Medios"
author_url: "https://lalupamedios.com.ar/usuario/2/la-lupa-medios"
category_name: "Nacional"
category_url: "https://lalupamedios.com.ar/categoria/7/nacional"
---

# Prórrogas de AFIP y medidas de alivio fiscal para los afectados por incendios

![621101bd3bb1e_900](/download/multimedia.normal.a18ea477e6a3386a.363231313031626433626231655f3930305f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

### La Administración Federal de Ingresos Públicos instrumentó medidas extraordinarias de alivio fiscal para los contribuyentes cuyas actividades económicas se encuentran "severamente afectadas" por los incendios en las provincias de Corrientes y Misiones.

El organismo así lo dispuso mediante una resolución en la que consideró necesario adoptar medidas para morigerar los efectos económicos adversos de los incendios, para lo cual estableció**"plazos especiales para el cumplimiento de ciertas obligaciones fiscales, así como suspender las intimaciones, la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares".**

Lo dispuesto contempla**prórrogas de hasta 9 meses**, de manera que la presentación y el pago de las obligaciones con vencimientos originales fijados durante los meses de marzo a diciembre de 2022, pasarán para los meses de enero a mayo de 2023, precisó la AFIP.

Los tributos alcanzados son los**anticipos de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales, al valor agregado, del fondo para la educación y promoción cooperativa, así como para las obligaciones correspondientes a las contribuciones de la seguridad social, al régimen previsional de trabajadores autónomos y al monotributo.**

A la vez, la AFIP determinó la su**spensión hasta el 31 de diciembre de 2022 de las intimaciones**, **la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de embargos**, por lo cual, cuando se trate de ejecuciones fiscales iniciadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la normativa, las mismas serán paralizadas.

*En caso que se hubieren trabado embargos sobre fondos o valores de cualquier naturaleza, el organismo arbitrará los medios para el levantamiento de la medida cautelar*, sin transferencia de las sumas efectivamente incautadas, las que quedarán a disposición del contribuyente, se aseguró.

Finalmente, se informó que la AFIP **no iniciará el proceso de caducidad por falta de cancelación de cuotas de los planes de pago realizados por contribuyentes afectados hasta el 31 de diciembre de 2022**, hasta entonces dispondrá feria fiscal extraordinaria y procederá a la**refinanciación de aquellos planes de facilidades de pago que se encuentren vigentes**.

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
