Créditos a tasa cero para monotributistas

El beneficio alcanza a más de 1millón de monotributistas de todo el país, con montos de hasta $150.000, la devolución podrá realizarse en 12 cuotas sin interés y con 6 meses de gracia. ¿Cuáles son los requisitos?

NACIONAL - ECONOMIA 12/08/2021 La Lupa Medios La Lupa Medios
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Lanzan créditos a tasa cero para monotributistas que beneficiarán a más de 1000000 de personas y puede tramitarse a través de la página web de la AFIP.

 
 La devolución se podrá realizar en 12 cuotas sin intereses.

La línea de créditos estará disponible para tramitar a fines de agosto y podrán solicitar  un monto de hasta $150.000, según su categoría, y devolverlo en un plazo de un año con seis meses de gracia.

Así lo anunció desde casa de gobierno el presidente Alberto Fernández, es el relanzamiento de ésta línea de créditos que ya fue otorgada y beneficio a más de 500.000 monotributistas en el año 2020 en medio de la pandemia. 

El monto máximo que podrá gestionar cada monotributista depende a su categoría al 30 de junio: de acuerdo a la facturación declarada por el trabajador monotributista podrá solicitar un crédito de hasta $90.000 para los de la Categoría A, de hasta $120.000 para los de la categoría B y de hasta $150.000 para el resto.

La gestión del trámite es sencillo ingresando a la página web de la afip con clave fiscal, https://www.afip.gob.ar/sitio/externos/default.asp eligiendo el servicio "Crédito Tasa Cero" podrá visualizar el contribuyente y el monto del crédito que le corresponde según su categoría, para finalizar deberá seleccionar la tarjeta de crédito de la entidad financiera que le corresponda y de esa manera concluye el trámite. 

Quienes hayan accedido a un Crédito a Tasa Cero el año pasado podrán tramitar un nuevo préstamo en 2021, y en el caso de que el solicitante se encuentre en situación de mora, la entidad financiera destinará una parte del nuevo crédito a cancelar el saldo adeudado del préstamo anterior.

¿Cuáles son los requisitos para poder acceder a la línea de crédito?

  • Estar adherido al monotributo y no percibir un ingreso en relación de dependencia, ni jubilación, y no prestar servicios al sector público, es decir, cuando al menos el 70 % de su facturación fue emitida a favor de jurisdicciones o entidades del sector público.
  • No debe estar en situación 3, 4, 5 o 6 en la central de deudores del Banco Central, y no podrá acceder al mercado libre de cambio ni concertar operaciones de venta en el país de títulos con liquidación en moneda extranjera.
  • Tampoco podrá ingresar en procesos de canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior. 

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